Caso Apple: lista de Preguntas Frecuentes

  1. ¿Dónde debo inscribirme para recibir el pago?

     

    www.conciliacionsmartphones.cl es dónde podrá encontrar toda la información. Ésta estará a cargo de Deloitte Chile, empresa auditora de prestigio internacional. La administración de la conciliación por un tercero es obligatoria por mandato de la ley de protección del consumidor para las acciones colectivas. Ésta estará operativa a partir del 21 de abril de 2021, sin embargo, en una primera etapa solo será informativa, y posteriormente, en la época en que se inicie la Fecha de Implementación y el período para realizar solicitudes de beneficio podrán ingresarse datos y realizarse las peticiones.

     

  2. ¿Cuándo comienza el proceso de inscripción para recibir el pago?

    La inscripción comienza el 24 de agosto y finaliza el 15 de noviembre de 2021. Esta es una fecha estimada, ya que aún restan algunos hitos para poder asignar fechas ciertas para esta etapa del acuerdo.

  3. ¿Qué información necesito para inscribirme?

    Necesita completar un formulario con sus datos personales y escribir el número de serie de su equipo iPhone.

  4. ¿Cuáles son los modelos incluidos en el acuerdo?

    Los modelos incluidos en el acuerdo son los siguientes:

    – iPhone 6
    – iPhone 6 Plus
    – iPhone 6s

    – iPhone 6s Plus
    – iPhone 7
    – iPhone 7 Plus
    – iPhone SE

  5. ¿Cuánto dinero recibiré?

    El monto final de pago (por usuario) se calculará tras la inscripción formal de los beneficiados, y podrá alcanzar hasta 1,25 UF (cerca de $37 mil/ USD 50.- aprox.) por equipo involucrado.

  6. ¿Puedo inscribir más de un equipo?

    Sí. Según los términos del acuerdo la compensación será por equipo, por lo que puede inscribir más de uno y recibir un pago individual por cada uno de éstos.

  7. ¿Cuándo recibiré el pago?

    Hasta 60 días después de haber sido aceptada la solicitud. Las fechas de los pagos serán entre el 16 de noviembre de 2021 y el 4 de febrero de 2022.

     

  8. ¿Cómo se harán los pagos?
    El usuario podrá elegir entre proporcionar a la administradora de la conciliación una cuenta para recibir el pago mediante una transferencia electrónica, o bien solicitar la extensión de un vale vista a su nombre para ser retirado personalmente.
  9. Si soy el dueño original del teléfono, pero lo revendí ¿tengo derecho a compensación?

    En principio no, ya que para facilitar el acuerdo se contempla principalmente a los tenedores actuales del teléfono. Sin embargo, en caso de haber tenido un equipo en la época, conocer su número de serie y haber sufrido los problemas que motivan el acuerdo, podría completarse igualmente una solicitud. El efecto de ello es que si existen múltiples peticiones para un mismo equipo, el caso será revisado por el administrador de la conciliación y el monto máximo de beneficio por equipo será divido entre tantas solicitudes de beneficio que se hayan realizado y que sean aceptadas.

  10. ¿Qué puedo hacer si no estoy de acuerdo con los montos de la compensación?

    En el caso de no estar de acuerdo con los montos, la ley le faculta a los usuarios para ejercer su derecho a reserva e iniciar posteriormente acciones propias. La reserva debe hacerse hasta el 12 de julio. Esta fecha estimada es el fin del plazo para que usuarios disconformes con el acuerdo ejerzan reserva de derechos.

  11. ¿Qué pasará con el dinero que no se cobre? ¿Se lo quedará ODECU?

    No. El remanente de la conciliación, es decir, el dinero que quede de las personas que no cobren su compensación (sea por el motivo que sea), será destinado a dos fundaciones: Fundación Las Rosas y Fundación Mi Parque.

Visitas: 18167

Artículos relacionados